LOS FUNDAMENTOS DE LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS EN EL PENSAMIENTO DE ALBERDI

 "Casi todas (las constituciones) empiezan declarando que son dadas en nombre de Dios, legislador supremo de las naciones. Esta palabra grande y hermosa debe ser tomada, no en un sentido místico, sino en un profundo sentido político.

     Dios, en efecto, da a cada pueblo su constitución gruesa o delgada, nerviosa o sanguínea; así tampoco el pueblo se da por su voluntad una constitución monárquica o republicana, federal o unitaria. Él recibe estas disposiciones al nacer: las recibe del suelo que le toca por morada, del número y de la condición de los pobladores con que empieza, de las instituciones anteriores y de los hechos que constituyen su historia: en todo lo cual no tiene más acción su voluntad que la dirección dada al desarrollo de esas cosas en el sentido más ventajoso a su destino providencial.

    Nuestra revolución tomó de la francesa esta definición de Rousseau: la ley es la voluntad general...Pero (ésta) es definición estrecha y materialista en cuanto hace desconocer al legislador humano el punto de partida para la elaboración de su trabajo de simple interpretación, por decirlo así. Es una especie de sacrilegio definir la ley de la voluntad general de un pueblo. La voluntad es impotente ante los hechos, que son obra de la Providencia. ¿Sería ley la voluntad de un Congreso, expresión del pueblo que, teniendo en vista la escasez y la conveniencia de brazos, ordenase que los argentinos nazcan con seis brazos? ¿Sería ley la voluntad general, expresada por un Congreso constituyente, que obligase  a todo argentino a pensar con sus rodillas y no con su cabeza?" (Bases y puntos de partida para la organización de la República Argentina)






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